Alrededor de un centenar de expertos participan desde ayer en las quintas Jornadas de Jueces
de Familia, Incapacidades y Tutelas, en las que se señaló por parte de psicólogos y jueces la
conveniencia de priorizar la custodia compartida en bien del menor. Actualmente, la Ley del
Divorcio del 2005 establece la custodia de la madre como primera opción y como algo
excepcional la compartida, que se prevé preferentemente para los casos de mutuo
acuerdo y que se aplica solo en un 10% de los divorcios. En este sentido, el magistrado
Francisco Serrano señaló la necesidad de abordar una reforma urgente de esta ley en lo
que se refiere a las atribuciones del domicilio, de forma que se eviten discusiones patrimoniales
en los procesos de divorcio y que la lucha por la custodia se convierta en una disputa por el uso y
disfrute de la vivienda conyugal.
Francisca Fariña, catedrática de Psicología Jurídica del Menor de la Universidad de Vigo
indicó además durante la mesa redonda sobre Conflictos parentales la importancia de fomentar
el uso de la mediación y de programas de intervención psicosocioeducativos para reeducar a
padres e hijos y evitar que el proceso de divorcio tenga consecuencias traumáticas en ninguna
de las partes. Según datos ofrecidos por Fariña, el 40% de los primeros matrimonios en España acaba en divorcio, cifra que aumenta cuando se trata de segundas nupcias. Por otra parte, 150.000 niños viven y/o sufren la separación de sus padres, en la mayoría de los casos cuando son aún menores de edad. En relación a estos niños, la psicóloga llamó la atención sobre el hecho de que "aunque muy pocos padres, menos del 1% actúan de forma consciente con la idea de
perjudicar a sus hijos en los casos de divorcio, sí es frecuente intentar hacer daño a la ex
pareja y que esto perjudique a los menores". De ahí que los conflictos familiares sean
actualmente la principal causa de efectos negativos de carácter psicoemocionales, físicos y
conductuales en los hijos.
Las jornadas continúan hoy en el Rectorado en torno a cuestiones relacionadas con
dependencia e incapacidad.
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