Eduardo tiene 29 años. Se casó en agosto de 2007 y, diez meses después, se separó de su mujer. Tiene una niña, Julia, de nueve meses. Desde entonces lucha por el derecho de su hija a tener un padre. Según su testimonio, ante la negativa de la madre a aceptar un mediador opta por solicitar la custodia de su hija. Para ello pide una prueba pericial con el fin de que un especialista avale la idoneidad de Eduardo para obtener la custodia.
La prueba pericial recoge textualmente que «se considera como más adecuado establecer una custodia compartida basada en la coparentalidad para garantizar la relación con ambos padres». Siempre según la versión de Eduardo, la jueza reúne a los padres y dice aceptar el informe del perito pero, posteriormente, rectifica y le reduce el régimen de visitas en contra del criterio del fiscal y del estudio pericial.
La jueza ha establecido un régimen de visitas diarias por razones biológicas durante el primer año, que después tendrá que ser revisado. Eduardo, como tantos otros padres, teme que, una vez transcurrido ese tiempo y si no hay acuerdo, la custodia sea para la madre. El afectado denuncia que «hasta la Ley de Protección Integral de la Infancia de la Comunidad Valenciana reconoce que, en casos de separación, el niño tiene que tener una convivencia igualitaria con los padres si ambos muestran voluntad y aptitud. Por tanto, mi hija tiene derecho a estar conmigo igual que con su madre».
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