jueves, 2 de octubre de 2008

Sharon Stone y el caso de Olot

Enric Sierra Sharon Stone ha salido estos días en diarios y programas del corazón porque un juez ha determinado conceder la custodia de uno de sus hijos a su último ex marido. La noticia es trascendente principalmente por el personaje a quien afecta, pero también porque es excepcional que sea la mujer la que reciba este tipo de sentencias desfavorables respecto de la custodia de los hijos en los casos de divorcio. Menos atención mediática ha tenido la sentencia del caso de Alfred y Olga, dos profesores de Olot, que se disputaban la custodia de sus dos hijos Andrea y Lluc. Alfred pidió la custodia compartida de sus hijos y Olga se opuso. La batalla de Alfred, desafortunadamente, es un clásico en nuestra sociedad.
A diferencia de otros ámbitos, nacer hombre en este país conlleva que las sentencias relativas a la custodia de los hijos estén prácticamente ciclostiladas. De esta forma, son ellos los que deben irse del hogar familiar, seguir pagando la hipoteca, pagar una manutención a la madre para alimentar a sus hijos, afrontar el alquiler de una nueva vivienda y tener un régimen de visitas muy inferior a la madre. Como muchos otros padres, Alfred pidió cambiar el régimen de visitas para estar más con sus hijos. Por ejemplo, quería que, los fines de semana que estuvieran con él, pudieran pasar en su casa la noche del domingo al lunes y poderlos llevar al colegio en lugar de devolverlos a la madre el domingo por la noche. Su ex esposa Olga se negó y, además, solicitó una restricción mayor en el régimen de visitas del padre, con lo que se inició un nuevo ligitio.
Ahora, el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya ha dictado una sentencia que reconoce la discriminación existente en relación a los padres cuando se producen las separaciones y recomienda la custodia compartida porque eso coloca a los dos progenitores en situación de igualdad. La resolución judicial admite así, que lo que se viene ejecutando a diario en la inmensa mayoría de procesos de custodias trata de manera desigual a los padres. La sentencia argumenta que compartir la custodia beneficia la evolución educativa y el desarrollo de los hijos, y evita que aparezca el divorcio como una historia "de vencedores y vencidos", donde habitualmente tiende a leerse como "vencido" al elemento masculino de la pareja.
Si en toda decisión sobre la custodia de los hijos debe prevalecer el interés de los menores y, según esta sentencia del TSJC, igualar el padre a la madre es beneficioso para los pequeños, ¿por qué hasta la fecha sigue habiendo esta resistencia a dar a los padres un trato de igualdad respecto a las madres? ¿A quién beneficia eso? El alto tribunal catalán ha puesto el dedo en la llaga, ahora hace falta que cunda el ejemplo.

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