jueves, 31 de enero de 2008

Uno de cada cuatro hijos de separados con problemas de custodia sufre Alienación Parental

Educar al hijo en el odio y el enfrentamiento sistemático con el otro progenitor es el principio básico del denominado Síndrome de Alienación Parental (SAP), que afecta nada menos que a un 25 por ciento de los niños cuyos padres se encuentran en proceso de separación y en donde se producen conflictos por la custodia de los hijos. Como remedio, se propone la mediación familiar. Así se desprende del libro ´Conflictos matrimoniales, divorcio y desarrollo de los hijos´ (Ediciones Pirámide), editado por los profesores José Cantón Duarte, María Rosario Cortés Arboleda y María Dolores Justicia Díaz, del departamento de Psicología Evolutiva y de la Educación de la Universidad de Granada. (...) "El progenitor que llamamos ´alienante´ se sirve de la custodia del hijo para realizarle un lavado de cerebro en toda regla, basado en el dogmatismo, poniéndole en contra del progenitor alienado", explica Maria Rosario Cortés. En la mayoría de los casos, este proceso se produce de forma muy sutil, siendo frecuente que estos padres empleen frases del tipo "si yo te contara cosas de tu padre/madre...", o hacen sentir culpables al menor por ´abandonarles´ simplemente por cumplir el régimen de visitas. (...) entre los síntomas del SAP en el menor, destacan la justificación continuada y sistemática de la actitud del padre ´alienante´, una campaña de denigración del progenitor ´alienado´, la ausencia de ambivalencia en los sentimientos negativos hacia dicho progenitor, las afirmaciones de que nadie lo ha influenciado y que ha llegado solo a adoptar esta actitud, la ausencia de culpabilidad por la denigración del progenitor ´alienado´ o contar hechos que manifiestamente no ha vivido él sino que ha escuchado a otros. (...) el Síndrome de Alienación Parental se produce con mucha mayor frecuencia, lo padecen un 25 por ciento de los niños expuestos a situaciones de ruptura de la pareja, cuando los padres se encuentran en un proceso de separación contenciosa, y no en casos en los que ésta se produce de mutuo acuerdo. La profesora de la UGR apunta que, ante un caso de SAP, "es necesario llevar a cabo un programa de mediación familiar, en el que se trate por igual a todos los miembros implicados y afectados por este problema cada vez más frecuente

martes, 29 de enero de 2008

Sindrome de Alienacion Parental

Se da en casos de divorcios y separaciones difíciles, en los cuáles uno de los progenitores , pone al niño en contra del progenitor contrario. Puede pasar tanto del padre hacia la madre como de la madre hacia el padre. Llegan a confundir al niño hasta tal punto que el niño no sabe en quien tiene que confiar, y esto puede degenerar en depresión infantil, en una bajada del rendimiento escolar o un fracaso escolar, en varias consecuencias importantes incluso en la autoestima y en toda la información de personalidad del niño. A veces el que esta más resentido por la ruptura es el que intenta meter al niño para que decida quien es el padre bueno o el malo, y quien tiene la culpa. El niño esta en medio y la confusión para él es enorme. La señal de alarma la suele dar la escuela porque el niño empieza a mostrar falta de atención, empiezan a bajar las notas, no juegan con los otros niños y hay un cambio en su conducta importante, es entonces cuando el colegio advierte a los padres, y normalmente el padre que esta más preocupado por el niño es el que decide tomar cartas en el asunto. http://lasaludylamedicina.blogspot.com/2008/01/sindrome-de-alienacion-parental.html

jueves, 24 de enero de 2008

Padres y madres separados se manisfestarán en Madrid contra las "denuncias falsas" el próximo 10 de febrero

MADRID, 23 Ene. (EUROPA PRESS) - La Confederación Estatal de Madres y Padres Separados/as ha convocado el próximo 10 de febrero, en la Plaza de Callao de Madrid, una manifestación contra las "denuncias falsas" y la supuesta manipulación que los padres ejercen a sus hijos para que rechacen al otro progenitor (Síndrome de Alienación Parental), y a favor de la custodia compartida. La concentración, que tendrá lugar a las 11,30 horas será un acto de protesta por la situación de desprotección e indefensión en que se encuentran los hijos e hijas de madres y padres separados, cuyo derecho a ser criados por ambos progenitores tras la separación de éstos es sistemáticamente violado en nuestro país. Asimismo, con este acto, el colectivo de madres y padres separados reitera a la clase política sus demandas más urgentes, "para que sean recogidas en el programa de los partidos en las próximas elecciones generales de marzo" y para que se incorporen como "prioridades en la acción política de los representantes elegidos". Estas demandas, cuyo cumplimiento es "necesario e inaplazable" incluyen una reforma "profunda" de la Ley de Divorcio y de la Ley Integral de Medidas de Protección contra la Violencia de Género, porque "no han servido para resolver problemas sino para agravarlos". Además, los representantes de esta confederación reivindican una nueva regulación de la custodia compartida que la establezca como "modelo preferente tras la separación de los padres", el desarrollo de un nuevo modelo de gestión institucional de los conflictos familiares y la persecución de las denuncias falsas y, sobre todo, de "todas aquellas conductas de los progenitores encaminadas a manipular a los hijos para que rechacen al progenitor ausente. http://www.europapress.es/noticiasocial.aspx?cod=20080123150313&ch=00313

miércoles, 23 de enero de 2008

Denuncias falsas, ¿justicia para todos?

Un hombre divorciado acaba de ser exculpado por la Audiencia Provincial de Barcelona de abusar de sus dos hijos, después de pasar cuatro meses en prisión por una denuncia falsa. Había sido detenido y esposado en presencia de uno de los pequeños (de 2 y 6 años), justo cuando iba a iniciar sus vacaciones junto a éstos. Desde la detención -hace más de 9 meses-, no ha podido volver a verles.La noticia, a priori positiva -al haberse descubierto el "error"-, no deja de ser terriblemente inquietante. Primero, porque, al parecer según el Tribunal, se ha descubierto que la madre y la abuela de los niños indujeron a éstos a mentir sobre supuestos abusos por parte del padre. Y, en segundo lugar, porque con toda probabilidad las vidas de ese hombre y sus hijos -y, en especial, la relación entre ellos-, difícilmente volverán a ser las mismas en el futuro. Me pregunto, así mismo, si durante esos cuatro meses en prisión habrá podido librarse del "tratamiento" que otros reclusos suelen administrar a los reos de delitos de abusos a menores.Cualquier persona (hombre o mujer) mínimamente decente y sensible -especialmente si es padre- puede imaginar (seguramente, quedándose corto) la pesadilla que para ese hombre habrá supuesto verse en prisión por un horrible delito del que era inocente, con la incerteza sobre la resolución de su caso, y temiendo, no sólo una condena definitiva a varios años de cárcel, sino perder a sus hijos para siempre.Ahora, una vez vislumbradas por la Administración de Justicia las causas de la ignominia, sería de desear que se incoaran diligencias penales contra las denunciantes a fin de determinar si han sido autoras (o inductoras) de un delito de denuncia falsa, dictándose, en ese caso, Auto de Procesamiento contra aquellas.Y confío (quiero confiar) en que esas acciones no sólo se ejerciten particularmente por el padre falsamente denunciado, sino también -de oficio- por el representante de la Fiscalía; y ¿por qué no? por alguna asociación progresista (incluso, feminista) defensora de los derechos de los más necesitados de protección. Porque las propias víctimas reales de abusos y de malos tratos (que, desgraciadamente, existen) merecen que en los casos de denuncias falsas, sus autores(as) reciban de una vez por todas un castigo ejemplar y disuasorio. Y a la mayor brevedad; porque, como dijo Séneca, "nada se parece tanto a la injusticia como la justicia tardía". Manuel Molina. Palma. http://www.diariodemallorca.es/servicios/cartas/cartaLector.jsp?pIdCarta=10006&pRef=1781_0_0__Cartas

martes, 22 de enero de 2008

Petición a los candidatos

Aprovechando la oportunidad que nos brinda el diario 20 minutos pido a los candidatos que se comprometan por escrito a llevar en sus respectivos programas políticos el compromiso de modificar la actual Ley del Divorcio en el referente a la CUSTODIA COMPARTIDA de nuestros hijos tras la ruptura conyugal, de modo que la misma sea por sistema y no como en la actualidad, que el 95% de las mismas siguen siendo otorgadas a las mujeres.Si realmente abogan (nuestros políticos) por la igualdad, la paridad, la no discriminación por razón de sexo, también en las custodias debemos todos pedir que exista dicha igualdad atendiendo al rol que tanto mujer como hombre desempeñan en nuestra actual sociedad.La mujer se ha incorporado al mercado laboral, cursa estudios superiores en mayor medida que el hombre y nosotros estamos asumiendo tareas domésticas, de cuidado y atención a nuestros hijos etc, de modo que no podemos seguir siendo discriminados como hasta ahora en un tema tan vital e importante como es la custodia y responsabilidad para con nuestros hijos.
También muchos colectivos feministas igualitarios (mujeres-hombres) pedimos que se modifique la actual Ley Integral Contra la Violencia Doméstica, la cual tiene más de 400 causas pendientes en el Tribunal Constitucional por que clara y manifiestamente vulnera varios artículos de nuestra constitución entre ellos el 14.La actual Vicepresidenta del Gobierno (Sra de la Vega) debe de dejar de lado la "demagogia" que utiliza cuando se refiere a la igualdad y no manifestar un transfondo de "aversión" hacia los hombres, pues tiene el deber y la responsabilidad de velar por la igualdad real y efectiva de todos los españoles sin distinción de raza, sexo, ideología etc como así recoge nuestra Carta Magna.Todo tenemos la obligación y el deber de acabar con la lacra de la violencia doméstica y si no se toman medidas la situación se puede agravar como de hecho está ocurriendo.Hemos de tomar el ejemplo de paises de nuestro entorno donde medidas como la mediación familiar es por Ley consiguiendo muchos acuerdos prejudiciales, liquidación de bienes gananciales tras la ruptura y no como ocurre en España que el progenitor custodio se queda con todo y el no custodio queda desamparado totalmente.Bolsas de vivienda y de trabajo a aquel progenitor que quede en peor situación económica y ayudas fiscales.A aquellos ex-conyuges acusados en firme de maltrato fisico o psicológico el peso de la Ley ha de caerle sin más pues nadie tiene por que acabar con la vida de otra persona, es un hecho lamentabilisimo y cuyo origen hemos de buscar para intentar erradicarlo, aunque está demostrado cada día que con medidas como las ordenes de alejamiento no se está consiguiendo nada.
Sean valientes señores candidatos a la presidencia del Gobierno y tengan presentes las demandas de un colectivo de cuatro millones de personas que tenemos un millón y medio de hijos. Antonio Fernández Castillo

lunes, 21 de enero de 2008

El psicólogo Julio Bronchal apoya el acuerdo alcanzado entre la Asoc. Catalana de Padres Separados con el Centro Democrático y Social

Se aproxima la fecha de las próximas elecciones generales y con ello los distintos partidos políticos levantan las persianas de sus escaparates electorales. A través de las vitrinas de la propaganda se nos ofrecerá variada mercancía envuelta en el celofán de lo políticamente correcto –híbrido entre la santurronería y la idiotez colectiva- flotando en el almibar del márketing electoral. También cataplasmas para problemas inventados por una ociosa burocracia siempre presta y afanosa por justificarse y sobrevivir, aun a costa de ignorar y ocultar los verdaderos problemas de la gente. Y así, toda promesa, proyecto o proclama que pueda seducir a las distintas franjas y segmentos de un electorado cada vez más escéptico, indolente y desilusionado por el abismo abierto entre su día a día y el discurso político, podrá hallarse en los programas y discursos electorales de los principales partidos y candidatos. Sin embargo, echaremos a faltar el coraje político –rara avis in terra- y las propuestas para afrontar uno de los problemas más graves que tiene planteada la sociedad y la democracia española: la sistemática violación de los Derechos Humanos de cientos y cientos de miles de niños y niñas, y de cientos y cientos de miles de hombres y mujeres, cuyas vidas han quedado devastadas por la brutal aplicación de las delirantes polìticas de género, según las cuales de lo que se trata es de dar ventaja a todo lo relacionado o protagonizado por la mujer (avasallando incluso a las propias mujeres, eso no importa) y de disminuir y atropellar, sañudamente, todo lo que se encarne o provenga del hombre. Estas políticas de género emergen sangrantes, por un lado, en la repugnancia de todo un sistema político y judicial a que los niños y niñas de este país, tras el divorcio, sigan conservando en sus vidas a su padre y a su madre. Procuran, por el contrario, para buena parte de toda una generación infantil, una situación de injustificada orfandad, al arrancarles de su lado a uno de sus dos padres, normalmente el padre varón y con él a toda su familia extensa. Por otro lado, las políticas de género, tienen una aterradora expresión, en la discriminación negativa, marginación y pérdida de derechos de los ciudadanos en función del código genético del que son portadores: albergar los cromosomas XY, en la España actual -en el plano de la seguridad jurídica- es el equivalente a pasearse por el Berlín nacional-socialista con la Estrella de David cosida en la solapa de la chaqueta. La máxima expresión de esta peligrosa deriva la constituye la fracasada, pero vigente, Ley de Protección Integral contra la Violencia de Género (engendro totalitario que ha creado más problemas que ha resuelto) a través de la cual han retornado a nuestro país los tribunales de excepción, se han negado derechos constitucionales básicos como el de igualdad ante la Ley y la presunción de inocencia, se ha estimulado el paseillo por los calabozos españoles de cientos de miles de inocentes al compás de las falsas denuncias de maltrato, se ha pretendido ideologizar a jueces y magistrados con catecismos de género y se ha favorecido la sustitución de la justicia democrática por la “justicia de autor”, según la cual el mismo acto deberá ser juzgado de manera distinta en función de quien lo perpetra. Por mucho que los principales medios de comunicación intenten ignorar, ocultar o deformar esta dramática realidad, su vano empeño no es más que intentar tapar el sol con el dedo. Ya son demasiadas, y demasiado cercanas, las injusticias, abusos y tropelías cometidas como para no despertar a una ciudadanía sensata que sí se preocupa por el futuro de sus hijos, por la preservación de las conquistas y derechos democráticos y que se indigna unánimemente ante la injusticia y la condena de la persona inocente, sea hombre o sea mujer. Frente a este inquietante panorama, el voto de los hombres y mujeres comprometidos con sus hijos y su futuro, y vigilantes frente a las amenazas totalitarias contra los valores democráticos, debería dirigirse consecuentemente hacia las candidaturas electorales que apuesten, con decisión y claridad, por la Custodia Compartida, garantía de futuro para nuestros hijos, y por la derogación de la Ley de Protección Integral contra la Violencia de Género, extirpación quirúrjica de un tumor totalitario que amenaza de metástasis a toda una sociedad democrática. Matemática pura: el voto canalizado de las familias que han sufrido el alejamiento de sus niños por estas crueles políticas, y el de los inocentes y potenciales víctimas de las falsas denuncias por maltrato y la segregación familiar, dan más que suficiente para conformar un importante y decisivo grupo parlamentario. Así de extensas han sido estas inhumanas políticas sociales. Así de rotunda debe ser la respuesta. Este colectivo, antes que nada, debe tomar conciencia de su enorme poder electoral y obrar en consecuencia. Hará bien en considerar si hay tarea más urgente y necesaria que la recuperación de sus hijos, nietos y sobrinos y de su propia dignidad y seguridad personal. De entre las escasas opciones electorales que valientemente recogen estas demandas sociales, destaca por mérito propio la de las históricas y serenas siglas del C.D.S. -Centro Democrático y Social- que se ha adelantado a la hora de afirmar su compromiso con la Custodia Compartida y la radical revisión de la Ley de Proteccion Integral contra la Violencia de Genero, y otras normas antidemocráticas y discriminatorias, y su sustitución por medidas realmente efectivas e inspiradas por principios igualitarios. Custodia Compartida y derogación de la Ley de Protección Integral contra la Violencia de Género, dos propuestas para separar el trigo de la paja electoral, remedio contra los cantos de sirena de la verborrea partidaria y afirmación de un compromiso con nuestros hijos, la infancia en general y los valores y principios democráticos. En su Ensayo sobre la Ceguera, Saramago reflexionaba sobre la responsabilidad de aquellos que ven y son conscientes, sobre los que están privados de estas facultades. Quizá sea hora también de administrar nuestro voto considerando a aquellos a los que no se les permite votar: todos los niños y niñas de este país. Julio Bronchal.- Psicólogo. http://www.secuestro-emocional.org/

domingo, 20 de enero de 2008

Concentración nº 100 de los Padres de la Plaza Cataluña de Barcelona

Hoy a sido un exito , ya que nos han acompañado los percusionistas de San Boi con sus tambores que siempre lo hacen de maravilla , lastima que ningún medio de informacion se ha hecho echo de tal evento ya que para nosotros es un record "guines" .No nos gustaria llegar a las 200 concentraciones de CUSTODIA COMPARTIDA sin que el gobierno la apruebe pero si se tiene que hacer ,lo seguieremos haciendo, porque nuestro empeño y tesón no parará.

jueves, 17 de enero de 2008

Un año de cárcel para una madre que ´raptó´ a su hijo, que vivía con el padre

Según información publicada en el diario HOY.ES, el Juzgado de lo Penal número 2 de Badajoz ha condenado a un año de cárcel a una mujer que se llevó a Málaga a su hijo, que vivía con el padre en Villafranco del Guadiana. La madre se negó reiteradamente a cumplir las órdenes del juez de devolverlo a su ex marido, al que correspondía la custodia del menor. Esta sentencia, pone fin, al menos de momento, a un largo conflicto abierto a raíz de que la madre se negara primero a devolver al menor al término de las vacaciones y más tarde incluso lo ´raptase´ cuando el niño paseaba a su perro. El padre, Alfonso, denunció hace casi dos años la lentitud de la justicia en resolver la situación. Tuvieron que pasar meses y realizar innumerables gestiones judiciales para que se cumpliese la sentencia que decía que el niño debía vivir con su padre. De Badajoz a Málaga.- Alfonso tenía concedida la custodia del niño desde 2004, cuando los psicólogos determinaron que vivir con el padre era la mejor solución para el niño. La madre tenía derecho a visitarlo y a pasar unas semanas de vacaciones con él. En el verano de 2005 el menor fue a pasar las vacaciones con su madre a Málaga. Pero cuando el padre fue a recogerlo, a principios de septiembre, su ex mujer Flor M. M., presentó una denuncia contra Alfonso por supuestas amenazas telefónicas. El Juzgado de Violencia de Género de Málaga dictó de inmediato orden de alejamiento del padre y le quitó la custodia del menor en favor de la madre. Un mes después, el 7 de octubre de 2005, un juez de Málaga absolvió a Alfonso de la denuncia que le había puesto su ex mujer y determinó que el niño debía volver a la situación anterior. El pequeño volvió a Villafranco, pero el 15 de noviembre la madre aprovechó que el niño estaba paseando a su perro por los alrededores de la casa del padre para llevárselo a Málaga de nuevo. Un juzgado de Badajoz dio órdenes reiteradas de que lo devolviese a su ex marido, e incluso le impuso a Flor M. M. una multa mensual de 150 euros por no obedecer las resoluciones judiciales. A todas estas órdenes la acusada le hizo caso omiso. El 6 de abril de 2006, al declarar como acusada en unas diligencias penales, fue requerida para que entregase al niño en 48 horas. También pasó por alto este requerimiento. Cinco días después, el Juzgado de Instrucción número 1 de Badajoz ordenó que interviniera la Policía para la entrega forzosa del menor al padre. Finalmente, el 14 de abril la Policía obligó a Flor M.M. a entregar el niño a su padre. El Juzgado de lo Penal número 2 de Badajoz la condena ahora a un año de prisión por un delito de desobediencia a las resoluciones judiciales. También le impone una multa de 360 euros por una falta contra el régimen de custodia de sus hijos menores que haya establecido la autoridad judicial. El Código Penal establece multas para los padres que no respeten el régimen de custodia que establece el juez. En concepto de responsabilidad civil Flor M.M. deberá indemnizar a su ex marido con mil euros, más los intereses legales devengados. La sentencia fue alcanzada por conformidad de las partes, por lo que es firme.

miércoles, 16 de enero de 2008

CARTA ABIERTA A LA VICEPRESIDENTA DEL GOBIERNO, EN RELACION AL ABORTO

Estos días, están saliendo, en todo momento, el tema de las clínicas de aborto y los derechos de las mujeres a abortar, conforme a la LEY ORGÁNICA 9/1985, DE 5 DE JULIO, DE DESPENALIZACIÓN DEL ABORTO EN DETERMINADOS SUPUESTOS. En el REAL DECRETO DE 21 DE NOVIEMBRE 2409/86 en su artículo 4.2, se contempla el derecho a la confidencialidad, de las madres: “Se mantendrá la confidencialidad de esta información conforme al artículo 10.3 de la Ley General de Sanidad.” Normalmente, los abortos se hacen sin intervención de un Juez, pero, ¿qué pasa cuando una esposa está embarazada en medio de un proceso judicial, decidiendo pensiones de alimentos, cargas del matrimonio, vivienda, patria potestad, régimen de visitas, custodia compartida, etc. ?. ¿ Cómo sabemos todos que una mujer no está pidiendo el divorcio, o medidas, en un proceso judicial, estando embarazada?. ¿Se debe ocultar este dato?. ¿Es un derecho absoluto de la posible madre ?. Por supuesto, si ella lo manifiesta, o se llega al nacimiento, puede o tiene efectos legales. Veamos lo que indica el Código Civil, en su artículo 116: “Se presumen hijos del marido los nacidos después de la celebración del matrimonio y antes de los trescientos días siguientes a su disolución o a la separación legal o de hecho de los cónyuges.” Hasta hoy, esta circunstancia sólo es revelada si a la madre la interesa, pero, ¿ si no la interesa y aborta, por interés o por despecho?. Pues bien, resulta que en el artículo 7.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (Comparecencia en juicio y representación), se indica: “Por los concebidos y no nacidos comparecerán las personas que legítimamente los representarían si ya hubieren nacido.” Me temo que en los procesos de familia, el Ministerio Fiscal es parte del problema y parte de la solución, caso a caso, aunque no le guste. Esto es lo que se dice en el artículo 749.2 (Intervención del Ministerio Fiscal), de la Ley de Enjuiciamiento Civil: “En los demás procesos a que se refiere este título será preceptiva la intervención del Ministerio Fiscal, siempre que alguno de los interesados en el procedimiento sea menor, incapacitado o esté en situación de ausencia legal.”Bueno es conocer lo que dicen los artículos 154 y 156 del Código Civil, en que se habla de los padres. En este caso, los que estén en proceso de nulidad, separación y divorcio, tendrían derecho a hablar de esos niños no nacidos. Es más, esto es lo que dice el artículo 163 del Código Civil: “Si el conflicto de intereses existiera sólo con uno de los progenitores, corresponde al otro por Ley y sin necesidad de especial nombramiento representar al menor o completar su capacidad.” Salvo decisión judicial, estimo que nada impide a un padre de familia, o futuro padre de familia, en este tipo de procesos: nulidad, separación y divorcio, exigir al Juez que se determine si la esposa está embarazada o no, para, en el caso de que esté embarazada, defender los intereses del ser concebido, entre cuyos derechos, u obligación del padre, estaría el impedir el aborto, si en ese tema fuera opuesto a la esposa. No en vano la Constitución Española , en su artículo 15, indica que todos tenemos derecho a la vida y a la integridad física y moral. En efecto, el ser concebido tiene un derecho, personal y propio a la vida, y el hombre que fue parte en la concepción tiene derecho a la integridad moral. ¿ Cuales pueden ser los sentimientos de un posible padre, que ha sido parte en la concepción de un niño, que si se deja hacer a la naturaleza, nacerá, si supiera que la mujer que, libremente, mantuvo relaciones con él ha realizado un aborto o va a abortar ?. En esos momentos, puede haber un conflicto jurídico entre el posible deber de un médico, al emitir un dictamen en que se acredite un grave peligro para la salud psíquica de la madre, conforme al artículo 6.1 del REAL DECRETO DE 21 DE NOVIEMBRE 2409/86, que dice: “En el supuesto de que el aborto se practique para evitar un grave peligro para la vida o la salud física o psíquica de la embarazada, se consideran acreditados para emitir el dictamen los Médicos de la especialidad correspondiente.” y el deber de un posible padre, que legalmente está capacitado para hablar y defender al ser concebido, que pudiera correr riesgo de ser abortado. Supongamos que la madre alega que el hecho de tener un niño, por sus consecuencias, personales, económicas y laborales la están provocando graves problemas psíquicos, cuando el padre, que desconoce la situación, con mejores medios de fortuna, o aún sin ellos, no tendría inconveniente en colaborar en los gastos del futuro niño, y en su cuidado, así como ayudarla durante la gestación. Supongamos que la madre alegara que un niño la impediría el rehacer su vida con una nueva pareja. Ya existen decisiones judiciales en que se contemplan estas circunstancias, como es la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona, Sección 18ª, nº 284/2005, de 24 de mayo de 2.005, rec. 369/2004. Es en sede judicial donde un padre de familia, o posible padre de familia, tiene derecho a saber si su esposa está embarazada o no, y las posibles consecuencias que ello pudiera tener para la posible vida futura del ser concebido. Las madres tienen legítimos derechos, que contempla la ley, y no seré yo quien los discuta o niegue. El médico que emita un dictamen sobre un futuro aborto, también tiene sus responsabilidades. Pero un posible niño, ya concebido, también, y están también en las leyes. El padre también tiene derecho a saber si la esposa está embarazada, para solicitar al Juez/a lo que estime oportuno, en caso de que la esposa esté embarazada. En estos casos, estimo que el padre tiene a derecho a saber la situación de embarazo o no de la esposa, con lo que la confidencialidad del embarazo y la confidencialidad del posible o presunto aborto no quedan amparadas por las leyes o normas vigentes. En estos casos, el derecho a la confidencialidad lo tiene que decidir un Juez/a, si a instancia de un presunto o posible padre se pidiera tener conocimiento de la situación de embarazo o no de la esposa y, en caso de embarazo, el padre pidiera ser parte en las decisiones o consecuencias que se pudieran producir. Guste o no, y a pesar de la opinión del actual gobierno, el derecho a la confidencialidad de los embarazos y abortos, en los casos contemplados, no es un derecho absoluto, sino que Juez a Juez tendrán que ir decidiendo, si los padres que fueron parte en el posible o presunto embarazo lo piden al Juez/a que diga la ley. Jesús AYALA CARCEDO, de la ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

martes, 15 de enero de 2008

La Audiencia de Barcelona confirma un cambio de custodia al existir SAP

La Audiencia Provincial de Barcelona no se deja manipular y reitera en Sentencia de 11-12-2007 lo dicho en Sentencia de 25-1-2007: “Siendo un derecho fundamental del niño mantener relaciones estrechas de afecto con sus dos progenitores, de forma que las conductas de uno de ellos tendentes a dificultar o impedir tales relaciones, que pueden derivar en una verdadera y real enfermedad mental, el síndrome de alienación parental (SAP) deben ser objeto de especial atención por los tribunales.”En una sentencia de fecha 11 de diciembre de 2007, la Sec. 12.ª de la AP de Barcelona, ha confirmado la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia n.º 4 de Mataró en la que se atribuyó la custodia al padre al acreditarse mediante al prueba pericial que la madre no está en condiciones de proporcionar a los menores un buen marco social, emocional y educacional y que los niños presentaban Síndrome de Alienación Parental. La atribución de la guarda y custodia de los hijos es una de la cuestiones más delicadas de esta clase de procedimientos, es principio esencial, necesario e inspirador del dictado de cualquier medida relativa a los hijos, el que su interés y beneficio prevalezca por encima de cualquier otro, incluido el de sus padres, de forma que el bonnum filii constituye un principio fundamental y básico orientador de la actuación judicial que compagina con el constitucional de protección integral de los hijos (art. 39 de la CE.) . De lo actuado – señala la sentencia de la AP de Barcelona- resulta que en Sentencia de 10 de octubre de 2005, que disolvió por divorcio el matrimonio de los litigantes, se atribuyó la guarda y custodia de los hijos menores de edad a la madre, fijando un régimen de comunicación y estancias para el padre, progresivo. Existen diversas denuncias realizadas por el padre por incumplimiento de las visitas. En Sentencia de 13 de diciembre de 2005, dictada por el Juzgado de Instrucción n.º 1 de Mataró, en juicio de faltas se condenó a la madre como autora responsable de una falta por incumplimiento de deberes familiares, y en Sentencia de 8 de julio de 2 005 del mismo juzgado, en juicio de faltas se absolvió al padre de denuncia por supuestos malos tratos presentada por aquella, que fue confirmada por Sentencia de la A.P. de Barcelona, Sec. Segunda, de fecha 2 de diciembre de 2005. Nuevamente en Sentencia de 13 de octubre de 2 005, del Juzgado de Instrucción ne 3 de Mataró, recaída en juicio de faltas se absolvió al padre de los hechos denunciados por la madre, de presuntas amenazas y vejaciones. En el marco de esta conflictiva relación el SATAV, emitió informe en fecha 3 de agosto de 2005, en el que se destacaba que la madre contaminaba con sus vivencias las experiencias de los hijos y que el padre presentaba un proyecto educativo ajustado y coherente, aún presentado deficiencias en las habilidades para ejercitarlo de forma adecuada. Se valoraba la importancia de la recuperación del vínculo paterno-filial, evidenciándose que los menores estaban muy mediatizados por la actual dinámica familiar, aconsejando tutelar las visitas, revisándose según la evolución de los encuentros, considerando la opción del Punt de Trobada. En informe de evaluación Psicológica de los menores, realizado por la Psicóloga Sra. Aren, el Catedrático de Medicina legal y forense Sr. Huguet, y la Psicóloga Sra. Molina, de 20 de febrero de 2006, realizado sin la intervención del padre, según resulta de la propia metodología citada, se alude a que los menores presentan un estado de ansiedad permanente, existiendo una clara relación entre la situación familiar y dicho estado, que se acentúa cuando son separados del núcleo familiar habitual y deben convivir con el padre, aún por espacio corto de tiempo, situación vivenciada de forma traumática siendo su origen multifactorial. Se aconsejaba el replanteamiento del modelo con el que se establecía la comunicación con el padre, valorando conveniente una menor aritmética en la temporización de la comunicación y un escenario que viviesen como tranquilizador. La Psicóloga, psicoterapeuta y mediadora familiar, designada como perito psicólogo en procedimiento de ejecución de títulos judiciales y de Modificación provisional de Medidas Definitivas, la Sra. Monjo, en fecha 10 de julio de 2006, expone que los niños son fóbicos, presentan miedos generalizados y su estado de fobia se ha trasladado al padre que ha sido investido de forma muy negativa, si bien su miedo desaparece con bastante facilidad cuando están juntos. Alude a que de acuerdo con ambos progenitores efectuó planteamiento de actuación para acercar a los niños paulatinamente al padre hasta normalizar la relación, si bien los cambios, según refleja, únicamente se produjeron de forma muy ligera considerando que el cambio de guarda y custodia es una opción a tener en cuenta. En informe de la mentada profesional, de 5 de septiembre de 2006, tras haber pasado los menores con el padre un mes, se valora que dicha estancia ha sido muy positiva, y que la relación paterno-filial ha empezado a recuperarse satisfactoriamente, aunque los menores se encuentran aún atrapados en un conflicto de lealtades, la influencia del padre sobre los hijos en ese mes los ha ayudado a crecer en su autonomía, según se expone, considerando necesario que el contacto padre-hijos no se interrumpa, debiéndose normalizar el régimen de visitas. En fecha 14 de septiembre de 2006, el juzgado de instancia, en autos de ejecución de sentencia, acordó fijar como régimen de visitas de los menores, con el padre, los fines de semana alternos y la mitad de los periodos vacacionales de Navidad, Semana Santa y verano, requiriendo a D.ª M.ª Trinidad a fin de que se abstuviera de realizar acciones o proferir expresiones que impidiesen o dificultaran la relación del padre con los hijos, con apercibimiento de que en caso de incumplimiento ello pudiera determinar un cambio la custodia de los menores, si el interés de estos así lo aconsejara. En la vista celebrada en primera instancia el 24 de noviembre de 2006 la Psicóloga Sra. Monjo manifestó su consideración de que la madre no está en condiciones de proporcionar a los menores un buen marco social, emocional y educacional y que los niños presentaban Síndrome de Alienación Parental, del que esperaba hubieran mejorado. En comparecencia celebra el día 6 de marzo de 2007, a la que fueron citados las partes, los menores y la Sra. Monjo, a fin de estar presente en las declaraciones de la familia, la misma informó sobre la permanencia del Síndrome de Alienación Parental, aconsejando que los niños pasaran a vivir con el padre y que el cambio de guarda, sería positivo, aún cuando no gustase a los mismos. Como esta Sala ha expresado en otras resoluciones, entre ellas sentencia de 25 de enero de 2007, entre las circunstancias a tener en cuenta para atribuir la custodia de los menores, destaca la comprobación de quien es el progenitor que mejor asegura el mantenimiento pacifico de las relaciones con aquel otro que no haya de ostentar la custodia, siendo un derecho fundamental del niño mantener relaciones estrechas de afecto con sus dos progenitores, de forma que las conductas de uno de ellos tendentes a dificultar o impedir tales relaciones, que pueden derivar en una verdadera y real enfermedad mental, el síndrome de alienación parental (SAP) deben ser objeto de especial atención por los tribunales, para facilitar la recuperación de la situación emocional de los menores. Valorando la situación existente en el supuesto de autos y los hechos y datos expuestos, esta Sala comparte el criterio de la juzgadora a quo, considerando procedente el cambio de la guarda y custodia que acuerda, atendiendo a la situación emocional de los menores, a la existencia del SAP, y al beneficio que para los niños puede reportar dicha medida, viniendo además acordado en la sentencia de instancia el seguimiento psicológico de la familia, por la Psicóloga Sra. Monjo, que ha venido ya intervenido con la familia, habiendo sido designada perito psicólogo, con emisión de informes cuatrimestrales al juzgado.

lunes, 14 de enero de 2008

El CDS (Centro Democrático y Social) ofrece a la Asoc. Catalana de Padres Separados (ACAPASE) que padres separados sean cabezas de lista

El pasado viernes, D. Jose Flores Ortega y D. Albert Marqués, representantes de la Asociación Catalana de Padres Separados (Acapase) recibieron de Dª Ana Mª Roca Vila, Presidenta Federal de la gestora Centro Democráico y Social de Cataluñá (CDS), actuando bajo la autorización expresa del Presidente Nacional del propio partido, el ofrecimiento de asegurar un puesto, según las demarcaciones, que puede oscilar entre los tres primeros aun puesto entre los cuatro primeros, de las listas electorales de cada circunscripción electoral. Así mismo el CDS adquiere el compromiso de incluir y defender en su programa electoral la CUSTODIA COMPARTIDA, violencia de género y educación, así como a luchar por ello, en el caso de obtener representación parlamentaria, aceptando como suyo el proyecto aportado por la Confederación de Asociaciones de Padres Separados.

domingo, 13 de enero de 2008

El PP regulará los derechos de los abuelos en las visitas a hijos de padres divorciados

El programa electoral incluirá una ley de medidas de protección a las familias, destinada a las tradicionales y numerosas, pero también a las monoparentales y las formadas por parejas de hecho MADRID.- El PP llevará a su programa electoral una ley de medidas de protección y apoyo específico a las familias españolas. Y lo hará partiendo de un concepto liberal de familia que, a diferencia del PSOE, excluye -al menos de momento- a la formada por los matrimonios homosexuales, pero trasciende el propio concepto de familia de la Iglesia católica. Y es que los populares, que han cumplido estos días la consigna de no polemizar en este asunto con el PSOE para no favorecer su estrategia electoral, trabajan a puerta cerrada en la oferta programática de una serie de ayudas directas y de reformas legislativas destinadas no sólo a las familias tradicionales y numerosas, sino también a las monoparentales y a las basadas en uniones de hecho. Los redactores del programa -dirigidos por el coordinador, Juan Costa, y reunidos ayer en Sigüenza (Guadalajara) para dar un empujón al texto- se muestran muy poco interesados en hacer precisiones y definiciones sobre su concepto político de familia. Mucho menos, según lo que se debatió ayer, están por la labor de comprometerse con reformas de calado, como una eventual derogación del matrimonio homosexual. Pocas horas después de que Rajoy declarara por la mañana en TVE que supeditará esa decisión a criterios de «prudencia» y de «oportunidad» políticas, y a un criterio genérico de no deshacer lo andado por el Gobierno del PSOE, los asesores del programa se decantaban por una posición igualmente ambigua y dilatoria: la de esperar y dejar que sea la sentencia del Tribunal Constitucional la que determine su propia decisión. Rajoy reclamó en TVE para España una legislación «como la que hay en Francia, en Alemania, en Reino Unido», que excluya la palabra «matrimonio» y el derecho de adopción para los homosexuales, pero les dote de todos los efectos jurídicos del resto de uniones. Sin embargo, ni él ni sus asesores van a llevar esta bandera a la campaña. El aborto, como está.- Y tampoco darán satisfacción al PSOE ni a la propia Iglesia en lo que a la polémica del aborto se refiere. Los redactores del programa ni siquiera abordaron ayer esta cuestión, pero Rajoy fue taxativo en pantalla al afirmar: «Yo no voy a modificar una ley que lleva 13 o 14 años en vigor, pero sí procuraré que se aplique». El presidente del PP daba así un no a la propuesta de la izquierda de introducir una ley de plazos para el aborto en España, y otro, no menos recurrente -ni el propio Aznar reformó la Ley-, a la de los movimientos antiabortistas y confesionales para revisar a la baja la Ley en vigor. Inspección, en suma, mucha inspección a las clínicas, pero aplicación radical de los supuestos de despenalización. Ni matrimonio gay, ni aborto, ni eutanasia serán, pues, asuntos de campaña para el PP. Y tampoco lo será el llamado divorcio exprés, tan criticado por el Episcopado español. De hecho, el PP de Rajoy ni siquiera se opuso a la Ley de junio de 2005, sino que se limitó a abstenerse en la votación por preferir un plazo de garantía de seis meses en lugar de tres, y por reclamar en vano la figura legal de una mediación obligatoria en casos de divorcios contenciosos con hijos menores. La diputada Carmen Matador declaró entonces que «el Grupo Parlamentario Popular ha valorado desde el primer momento de forma muy positiva la supresión de trámites para acceder al divorcio que, además, nosotros llevábamos también en el programa electoral, porque era el momento de adecuar la Ley del Divorcio a la sociedad de nuestro tiempo». Por su parte, Rajoy aseguró ayer en TVE que no tiene pensado «hacer cambios importantes en la Ley del Divorcio». Sin embargo, sí llevará algunas propuestas al propio programa que, en algunos casos, requerirán de reforma legislativa. Uno de los más novedosos, acordado ayer en Sigüenza y pendiente aún del aval del propio Rajoy, es garantizar la «igualdad» de los padres y las madres en los regímenes de custodia y de visita de los hijos. Más aún, los populares propondrán garantías para los abuelos, cuyos derechos con respecto a los nietos se han visto mermados ante una nueva realidad social dominada por los segundos matrimonios. Y es que, como decía ayer un dirigente popular, «vamos a defender a las familias sin complejos, pero a todas las familias, sin dar la espalda a la realidad social».

viernes, 11 de enero de 2008

Sólo el 10% de los separados pide la custodia compartida de hijos al inicio del procedimiento

Solamente el 10% de las parejas que tramitan su divorcio en Valladolid solicitan a los jueces una custodia compartida en el inicio del proceso de divorcio, según datos facilitados por la Administración de Justicia. En la mayoría de los casos, los Equipos Psicosociales, dependientes de los Juzgados, realizan una exploración, tanto de los conyuges como de los menores, para determinar si esa custodia puede o no ser admitida judicialmente. Fuentes de los Juzgados de Familia reconocen que a pesar de no reconocerse esta situación han existido casos en los que «algunos de los hijos han optado por vivir con el otro progenitor». «Hasta hace unos años el padre se veía apartado judicialmente de sus hijos. Nosotros entendemos que desde hace poco ha cambiado el comportamiento de los jueces y se nos ha dejado de 'maltratar' como se hacia antes con las sentencias que favorecían más a las madres», recuerda Francisco Bravo, presidente de los Padres Separados de Valladolid. Según este colectivo, los jueces de Valladolid otorgan cada vez más a los progenitores regímenes de visitas más amplios, circunstancia que hace cinco años era impensable. Francisco Bravo sostiene que la custodia compartida debería de «ser automática en el caso en el que los dos progenitores estén de acuerdo. En el momento que la madre se niegue a la custodia conjunta real, el padre se encuentra indefenso frente a la ley». Para el presidente de la Asociación de Padres de Familia Separados de Valladolid, la Justicia continua todavía «manteniendo esquemas tradicionales por cuanto que sostiene que pese a que la mujer está plenamente integrada en la vida laboral los tribunales siguen dando a la madre la custodia de los hijos habidos en el matrimonio». http://www.nortecastilla.es/20080111/valladolid/solo-separados-pide-custodia-20080111.html

miércoles, 9 de enero de 2008

La Asociación Catalana de Padres Separados (ACAPASE) consigue retirar una campaña publicitaria en Tele 5

La publicidad reclamada consistía en varios anuncios difundidos en tv y prensa que formaba parte de la campaña promovida por Telecinco "Doce meses, doce causas". Encabezaban la misma dos grandes apartados con un texto de grandes caracteres "MUJER ATEMORIZADA, HOMBRE MALTRATADOR", bajo los cuales aparecen el dibujo caracterizado de una flor (con la silueta de una mujer) y de un cactus caracterizado (con la silueta de un hombre en posición agresiva). Sobre dichas figuras había unas inscripciones haciendo referencia a la manera de hacer florecer cada una de ellas. Insertándose el logotipo de Telecinco.
La empresa reclamada (PUBLIESPAÑA, S.A. TELECINCO), ha informado que revisado el contenido de la publicidad a la que hace referencia la reclamación realizada por la ASOCIACIÓN CATALANA DE PADRES SEPARADOS, conviene que la misma podría resultar sexista, aunque en ningun caso, era su intención. En consecuencia, no va a volver a emitir la citada campaña aceptando el contenido del art. 13.2 del Reglamento del Jurado de la Publicidad.