viernes, 27 de junio de 2008

Carta abierta a un juez

Estimado Sr. Juez:
Paseaba abstraído y pensando en mi hijo Pablo (tiene cinco años como Vd. muy bien sabe) cuando percibí no muy lejos de mí la presencia de un hombre que empujaba el cochecito de un niño dibujando en su semblante una emoción para mí muy conocida. Esto ya no es nada infrecuente. Pensé: ¡Qué bonito es contemplar a un padre feliz!. Seguí avanzando y no tardé mucho en descubrir que era Vd. el que disfrutaba haciéndole monerías al bebé y entonces me quedé estupefacto. Releí inmediatamente el papel en el que Vd. disponía que yo no podía ver a mi hijo con más frecuencia que la anteriormente dispuesta (menos de cuatro días al mes) "dada a curta idade do menor". Le juro que mi experiencia como padre es muy superior a la de Vd. Tiene Vd. constancia documental de que soy un buen y experimentado padre (mis hijos mayores de edad, mi primera ex-esposa y profesionales capacitados lo han atestiguado en dos ocasiones como Vd. muy bien debería saber) y sin embargo ha puesto Vd. su firma bajo un documento que se me antoja una infamia. ¿Considera Vd. que un padre separado o divorciado es de una casta inferior a la suya? ¿Cree Vd. que el hecho de que una señora decida - con todo el derecho del mundo - que no le apetece seguir conviviendo con un señor inhabilita a éste como padre? Aunque siempre creí que los jueces no actuaban bajo coacción comienzo a elucubrar acerca del tipo de coacción que haría posible una disposición - dada a curta idade do menor - que a mí se me antoja no ajustada a derecho por anticonstitucional además de injusta y lesiva para los intereses de mi hijo, que tiene tanto derecho a tener padre como el de Vd. ¿A qué edad va Vd. a enseñarle a su hija/o a pescar, a nadar, a andar en bicicleta, a leer... ? ¿Cuál es la edad adecuada para que un/a niño/a se relacione con su familia paterna, abuelos, tíos...! hermanos ¡?. No consulte ningún libro; no le servirá. Estoy seguro de que estos y otros temas trascendentales los aprenderá con su propia experiencia. Lástima que para entonces será un poquito tarde para muchos/as de nosotros/as y para nuestros/as hijos/as. A pesar de todo, le saluda cordialmente. Antonio M. Díaz Piñeiro

jueves, 26 de junio de 2008

¿Custodia compartida de los hijos de padres separados o preferencia argumentada hacia las madres? El debate no es ajeno a la blogosfera. En ella han encontrado algunos padres (en masculino) un canal en el que desahogar su rabia y exponer los motivos por los que consideran que la ley les discrimina. Dos ejemplos son las bitácoras Mi Papá Me Mima y Custodia Compartida. La primera de ellas es anónima y reciente. No es un diario de las miserias cotidianas de un divorciado que apenas puede ver a sus hijos, sino más bien un conjunto de reflexiones acerca de la mísera (en opinión del autor) condición de padre en los tiempos que corren. Una muestra: "El hombre posmoderno está preparado para asumir un rol familiar y doméstico, pero no lo hace porque no le dejan sobrepasar su condición de suplente". Otra: "Actualmente el hombre es dependiente de la independización de la mujer". Una más: "Existe una conciencia de género entre las mujeres nuevas, modernas, abiertas, feministas, trabajadoras. ¿Dónde está algo parecido entre los hombres?". Como se ve, toda una aproximación al desconcierto masculino en un blog subtitulado "la imposible guardia compartida". La segunda bitácora lleva las cosas a un terreno más pasional. ¿Su finalidad? "Gritar en este peculiar desierto llamado España por necesidades tan básicas como ser y ejercer como padre". Para lograrlo, reclama una ley de coparentalidad que se aplique tras separaciones y divorcios. La recopilación de noticias es uno de sus puntos fuertes, un compendio de lo que ocurre en torno a tan resbaladiza cuestión. http://mipapamemima.wordpress.com/ http://lacomunidad.elpais.com/custodiacompartida/posts

miércoles, 25 de junio de 2008

El falso mito de la estabilidad de los hijos

En un artículo publicado en EL PAIS, José Manuel Aguilar Cuenca, psicólogo clínico, reflexiona sobre la estabilidad de los menores. La sociedad actual se articula sobre familias que han adoptado formas muy diversas. Del modelo de familia en donde un padre y una madre educaban a los hijos hemos pasado, entre otras, a las familias monoparentales, reconstituidas o familias sin vínculos legales. Aún lo anterior, todas comparten una característica común, como es el hecho de que el reparto de papeles del trabajo en el hogar y del que sale de él, para buscar los recursos con los que sustentarlo, se ha diluido. Los padres y las madres son, con desigual distribución, encargados del hogar y trabajadores que pasan largas jornadas de trabajo fuera de casa. De este modo, los hijos de éstos se han acostumbrado a pasar de las manos de sus progenitores a las manos de los docentes, para luego transcurrir por las manos de los encargados del comedor escolar, la ludoteca, el transporte escolar, las clases extraescolares, los abuelos, los trabajadores domésticos hasta que, a altas horas de la noche, vuelven a los brazos de sus padres que, en el mejor de los casos, juegan un poco con ellos, los bañan, dan de cenar y acuestan. A poco que nos fijemos los niños van de un universo a otro sin mostrar mayores esfuerzos y, más importante aún, secuelas. En las familias donde los padres están divorciados los niños añaden a lo anterior la alternancia de habitaciones, fines de semana y vacaciones con sus respectivos padres, sin referir tampoco trauma alguno a los profesionales. Los psicólogos tenemos claro que los niños necesitan crear vínculos fuertes y que cuantos más creen mucho más seguros se desarrollarán. Los vínculos que establecen les enlazan con las figuras significativas de su entorno -padres, abuelos, amigos- y con los mundos privados que rodean a cada uno, que les ofrecen alternativas, afectos y modelos distintos. El mayor dolor que puede sufrir un niño en un divorcio es ver cómo sus padres se enfrentan y sentir que pierde la posibilidad de estar en contacto con uno de ellos. Si, además, esto es impuesto por uno de los padres, que le obliga a profesar un amor fiel, a la par que un rechazo encarnizado al otro, el dolor se convertirá en maltrato. Nuestra sociedad debe entender que las parejas se rompen, pero que eso nunca ocurrirá con la familia del niño. Allí donde esté ese hombre y esa mujer serán su padre y su madre. A fin de cuentas, y como todos sabemos, para educar a un niño hace falta toda la tribu. ¿De qué nos extrañamos entonces?

viernes, 20 de junio de 2008

Comunicado de la Coordinadora de Psicología Jurídica del Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos de España

CONSIDERACIONES EN TORNO A LA PERTINENCIA DEL SÍNDROME DE ALIENACIÓN PARENTAL EN LA EVALUACIÓN PSICOLÓGICA fecha de publicación 18/06/2008 6:07:00ISSN 1886-1385 © INFOCOP ONLINE 2007 Por parte de la Coordinadora de Psicología Jurídica del Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos de España, deseamos avalar la conveniencia del análisis de la problemática que se conoce como Síndrome de Alienación Parental en la evaluación psicológica, tanto dentro del ámbito forense del derecho de familia, como de otros relacionados. Los investigadores y los psicólogos muestran gran consenso al considerarlo como una alteración cognitiva, conductual y emocional, en la que el niño desprecia y critica a uno de sus progenitores. Esta conducta y actitud de rechazo y minusvaloración, es injustificada o responde a una clara exageración de supuestos defectos del progenitor rechazado. Para hablar de este síndrome, debe descartarse por completo la existencia de cualquier forma de maltrato o negligencia en los cuidados del niño, asegurándose de que las críticas no se refieran a conductas o actitudes reprochables por parte del familiar rechazado. Como todo avance científico y profesional, está sujeto a continua revisión, pero no puede ser negado "a priori", cuando existe literatura científica y actividad profesional que lo describe, y reconoce su utilidad.

jueves, 19 de junio de 2008

LOS HIJOS NO TIENEN PROPIETARIOS, TIENEN PADRES

Sobre el artículo de Luisa Castro “Los hijos como propiedad” publicado en “El País” (11-06-08), he de decir que, también soy madre separada con una hija y me considero parte de una realidad cada día mas frecuente. Pienso que lo natural es que los hijos sigan teniendo padre y madre y que privarlos de alguno de ellos, no es beneficioso para los menores. Europa ya se ha dado cuenta y tienen legislación mas avanzada. Llevarlos a un domicilio lejano, como si fueran propiedad de quien tiene la custodia, les priva de su derecho de tener padre y madre, abuelos, primos, tíos.. solo, porque uno de sus progenitores, ha decidido utilizarlos para hacer daño a su ex. Dices en tu carta que “El derecho del menor hasta hoy aconseja que los niños de corta edad crezcan en contacto con su madre”. El articulo 159 de la Ley de Divorcio de 1.981, que decía que en caso de separación y a falta de acuerdo de los padres, los hijos e hijas menores de siete años quedasen al cuidado de la madre, salvo que el Juez,…, fue derogado a la entrada en vigor de la Ley 11/1990, de 15 de octubre, sobre reforma del Código Civil, pues era inconstitucional por discriminatorio. De esto hace ya 18 años. Los hijos que mantienen la custodia compartida, tras el divorcio, no son mercancía, porque no tiene precio su educación y no son rehenes del uso de la vivienda conyugal. Que los jueces mantengan la corresponsabilidad, incluida la económica, para el padre y la madre después del divorcio, es continuar con las que ya tenían mientras estaban casados. Los hijos necesitan a los dos y las personas que vivimos eso, vemos la vida de otro modo, porque no gastamos nuestro dinero en abogados y procuradores, en una lucha que dura años, vivimos de nuestro trabajo y no pendientes de la pensión que nos pasan, tenemos tiempo para disfrutar de nuestros hijos y no vivimos en un constante odio hacia el nuestros ex. Compartir nuestras responsabilidades como padres, nos permite tener tiempo para nosotros y nuestra nueva forma de vida y, sobre todo, porque nuestros hijos crecen sabiendo que tienen padre y madre de forma plena. Me alegro mucho de haberme dado cuenta de esto, hace mucho tiempo, exactamente los 8 años que mi hija disfruta de la custodia de su padre y de su madre. Nos hemos divorciado pero la familia sigue. Quizá si hubiera más mediación familiar obligatoria, custodia compartida por norma y mas información, conocerías otra sociedad sobre la que hablar. MARISA CUADRADO

miércoles, 18 de junio de 2008

martes, 17 de junio de 2008

Los hijos compartidos

En el artículo titulado Los hijos como propiedad, publicado en este diario el 11 de junio pasado, Luisa Castro exponía sus argumentos en contra de la custodia compartida y defendía entre líneas la tesis de que los hijos son y deben seguir siendo por naturaleza propiedad de las madres. Paradójicamente, la señora Castro acusaba a los padres varones que piden la custodia compartida de este afán de apropiación sobre los hijos, echando mano para ello de viejos y polvorientos términos en latín (Pater Familias), aparte del socorrido comodín de la amenaza del retorno del patriarcado. Su tesis se reduce, en esencia, a una vieja polémica: la dicotomía entre la naturaleza y la ley, o entre la naturaleza y la cultura. Según su opinión, la custodia de los hijos debe ser concedida a la madre pues es una cuestión de respeto a la naturaleza, de manera que la ley no debe ir contra esta naturaleza, sino ser su correlato. Es decir, el Estado no debe imponer la custodia compartida, si no es con el visto bueno de la madre, pues es la ley natural de la madre, figura ésta sí absolutamente necesaria, la que debe prevalecer. Estos planteamientos naturalistas y maternalistas no se sostienen ni desde el punto de vista del derecho contemporáneo, ni desde el punto de vista de la actual psicología evolutiva. En los Estados democráticos es inconcebible que el derecho de una parte se haga depender de la autorización de la otra parte en litigio, pues en ese caso hay una parte que es a la vez juez y parte. Justo lo que ocurre en nuestro país con la custodia compartida, pues su concesión depende del beneplácito de la madre. Lo que preconizan quienes defienden la custodia compartida sólo con acuerdo es en realidad el derecho de veto de una parte (la madre), es decir, un contraderecho o privilegio basado en la variable del sexo.Desde el punto de vista de la psicología, los mitos relativos a la necesidad que tiene el menor de la madre como figura de apego prioritaria por naturaleza hace tiempo que están superados por la ciencia. La psicología actual se decanta por los beneficios que tiene para el niño el apego múltiple, con independencia del sexo de los referentes. Es decir, nada más enriquecedor y fomentador de la autonomía personal y del desarrollo psíquico y emocional del menor que la conservación de una pluralidad de referentes primarios que, además, le quieren y le reconocen como ser querido. Y nada más dañino para la autoestima y estabilidad de un niño que el alejamiento forzado e injustificado de uno de sus padres y, en general, de cualquier otro ser querido, pues cuando se rompen los lazos de un menor con su padre también se destruyen los vínculos con toda la familia paterna. En realidad, las coartadas para justificar el derecho del progenitor custodio a trasladar al menor geográficamente a donde le plazca no son más que malas coartadas. ¿Cómo puede ser bueno para un menor apartarle de sus seres queridos, de su entorno de referencia estable, de su universo relacional ya definido? Es una aberración defender, bajo pretexto de una presupuesta inocencia sobreprotectora de la madre, que el niño necesita ser llevado a una burbuja totalmente controlada por esta última, lejos de la perniciosa influencia del padre, siempre sospechoso, cómo no, de impulsos de dominación irreductibles y primordiales. El niño no necesita el control exclusivo de la madre. Ni del padre. El niño necesita la participación de los dos en su crianza, en su cuidado y en el roce cotidiano. Porque como decía la copla, sin roce no hay cariño. Y eso es lo que más obsesiona a algunas recelosas madres, como la tristemente famosa letrada María Dolores Martín Pozo, presunta inductora del asesinato de su ex marido Miguel Ángel Salgado; mujeres que no quieren compartir con ningún igual el cariño del ser amado, el amor de los hijos, por cuya escritura de propiedad exclusiva se afanan en batallar por todos los medios a su alcance y desde los más altos castillos. Los niños no son una propiedad, y no se pueden partir, como sí se puede partir una casa, cuyo valor material no obstante tampoco se parte, porque va en el mismo lote que la propiedad materna de los hijos. Claro que los hijos no se pueden partir, pero sí se pueden y se deben compartir. Tal vez todos deberíamos empezar a conjugar el verbo compartir, pues es nuestra obligación con nuestros hijos e hijas. Y en caso de no aprender a conjugar el verbo por nosotros mismos, entonces el Estado debería poner a cada uno en su sitio e imponer el derecho allí donde todavía no ha llegado. Precisamente para que haya más familias felices, porque como decía Tolstói, las familias felices no tienen historia, y hoy por hoy en nuestro país hay demasiadas familias y demasiados niños que arrastran una tortuosa historia. Firman este artículo Àssun Pérez Aicart, coordinadora de la Plataforma Feminista por la Custodia Compartida, y Fernando Basanta Ortega, vicepresidente de la Confederación Estatal de Madres y Padres Separados.

lunes, 16 de junio de 2008

Cada día 21 niños se convierten en hijos de divorciados en Galicia

El club de hijos de divorciados ya empieza a estar saturado en la sociedad de comienzos del siglo XXI. Más de 110.000 menores se suman cada año en España a este colectivo, al que no le queda más opción que habituarse a una vida sin uno de sus progenitores, o vivirla a caballo entre los dos mundos, que padre y madre construyen tras los muros de ambas casas. En Galicia se repite la tendencia. Según las últimas cifras actualizadas de las que dispone el Instituto Nacional de Estadística (INE), en el año 2006 se divorciaron en esta comunidad 7.522 parejas –una cifra muy superior a la años anteriores y resultado de la aplicación de la conocida como Ley de Divorcio Exprés, que evita el trámite previo de separación–. Teniendo en cuenta que la tasa de fecundidad es del 1,03, la cifra de nuevos hijos de divorciados del año de referencia ascendería a 7.748, lo que significaría una media de 21 menores afectados por la ruptura matrimonial cada día. Aunque el proceso de divorcio afecta a la pareja, la realidad es que los hijos en el 97% de los casos se ven obligados, a su vez, a separarse de uno de sus progenitores, en la mayoría de los casos de sus padres. Solo el 3%, a nivel nacional, de los divorcios terminan en una sentencia de custodia compartida, y no llegan al 1% en el caso de Galicia. Pero, ¿por qué no se generaliza el reparto de la custodia entre ambas partes? El régimen de guardia y custodia de los hijos tras la ruptura matrimonial está regulado en España por el artículo 92 del Código Civil, en el que se prevé que el juez, con el informe del fiscal, siempre avalará el acuerdo al que lleguen los padres, a no ser que perjudique a los menores. Si no hay acuerdo, y esto sucede en un alto porcentaje de los casos, el juez decide y el Código Civil prevé que "excepcionalmente" se otorgue la custodia compartida cuando lo pida algún progenitor y siempre que el fiscal esté de acuerdo y así lo haga constar en el preceptivo informe. Así, la batalla de los colectivos afectados es que el criterio cambie y la custodia compartida se aplique "preferentemente". Cataluña en la vanguardia.- La Generalitat de Cataluña está a punto de aprobar el anteproyecto de ley de Código de Familia en el que se establece que los jueces han de otorgar de manera preferente la custodia compartida de los hijos cuando sus padres se separen o divorcien y no haya acuerdo. La medida, que será novedosa y única en España, llega con retraso respecto a otros países. No solo Francia, Estados Unidos, Canadá o Italia ya hace tiempo que la han implantado, sino que Brasil también ha entrado en este club. El Gobierno catalán desarrollará esta nueva norma al amparo del Derecho Civil propio de esta comunidad. Por su parte, Galicia, igual que Cataluña, Aragón, Baleares, Navarra y País Vasco, tiene Derecho Civil propio, lo que le permite legislar sobre ciertas materias, como esta en particular.

Lula sanciona ley que otorga tutela compartida de hijos a padres separados

El presidente brasileño, Luiz Inácio Lula da Silva, sancionó hoy la ley que permite la guarda compartida de hijos de padres separados y modifica el derecho que tradicionalmente era entregado de forma unilateral con preferencia a las madres. El proyecto de ley, que cambia el Código Civil, da preferencia a la tutela compartida cuando no exista un acuerdo que otorgue la guarda a uno de los padres y deberá ser respetado por los jueces de derecho de familia.Con la guarda compartida, los padres y madres asumen derechos y deberes relativos a los hijos, con una responsabilidad conjunta, recordó Lula durante el acto de sanción de la ley en el Palacio de Planalto.Los juristas recibieron con beneplácito la sanción, pues formaliza las decisiones que en tal sentido eran ya tomadas por muchos jueces brasileños.Las asociaciones de padres separados, que presionaron la modificación del Código Civil, también celebraron la decisión que les permitirá ahora compartir más tiempo con sus hijos y participar de su formación en iguales condiciones a las de las madres.Las custodias podrán ser otorgadas de manera temporal y los períodos de permanencia de los hijos con cada uno de sus padres serán verificados y autorizados por un consejo tutelar, que estará facultado para sancionar o reducirlos por el incumplimiento de alguna de las partes.En el caso de la concesión unilateral de la tutela de los hijos, el otro padre tendrá que cumplir con las mismas obligaciones previstas por la actual ley, como pensiones y dedicación de tiempo con visitas, que seguirán vigentes.

Santiago de Chile: Proponen que los padres separados compartan la tuición de los hijos

"Si los padres viven separados, a la madre le toca el cuidado personal de los hijos". Así lo dispone el artículo 225 del Código Civil, manteniendo la idea original, de 1855: a la mujer le corresponde cuidar a los hijos en caso de una separación. Desde entonces, muchos cambios se han vivido en la sociedad chilena. Y de aquel padre separado que aparecía cada 15 días para salir de paseo se ha pasado en forma creciente a papás que, aunque no vivan con ellos, diariamente llevan a los niños al colegio o, por las tardes, les ayudan a hacer tareas. Un proyecto de ley intenta reflejar ese cambio cultural. Presentado por los diputados Álvaro Escobar (independiente) y Esteban Valenzuela (ChilePrimero), el miércoles ingresó a la Cámara de Diputados, buscando modificar parte del Código Civil. Para el Artículo 225, se propone: "Si los padres viven separados, el cuidado personal de los hijos corresponderá en principio a ambos padres en forma compartida".Según relata el diputado Valenzuela, el proyecto fue suscrito también por Ramón Barros (UDI), Sergio Bobadilla (UDI) Juan Bustos (PS), Francisca Chauán (RN), Ximena Valcarce (RN), Jorge Sabag (DC) y los independientes Eduardo Díaz y Alejandra Sepúlveda. Varios de ellos solicitarán que sea puesto en tabla durante julio en la Comisión de Familia.La tuición compartida -que ya existe en varios países europeos y en 19 estados norteamericanos- apunta a que los derechos y las obligaciones de la crianza sean compartidos por el padre y la madre, en forma independiente de con cuál de ellos vivan los hijos. A juicio de Soledad Larraín, psicóloga infantil y consultora de Unicef, un cambio de la ley en ese punto es positivo: alivia las responsabilidades de las mujeres, les da oportunidades a los hombres y les permite a los niños contar en lo cotidiano con ambos progenitores. "Uno de los costos de la separación es que se produce el alejamiento del padre en la crianza y se priva a los hijos de un contacto cotidiano y permanente con él", dice.Según ella, este proyecto está reflejando un cambio cultural que ya está ocurriendo en la sociedad chilena. En forma creciente, los hombres separados están demandando más tiempo con sus hijos.Así lo reflejan las cifras de demandas por visitas -la mayoría presentadas por hombres- que han ingresado a los tribunales en los últimos años: en 2005 fueron 5.662; y en 2007 llegaron a 20.446.En el Servicio Nacional de la Mujer (Sernam) ven con buenos ojos que un cambio como éste se empiece a discutir. "Hay que tener en cuenta que el Código Civil da cuenta de normas culturales de otra época, y que fue redactado por hombres en tiempos en que las mujeres ni siquiera eran ciudadanas", advierte Marco Rendón, jefe jurídico del Sernam.
Alienación parental.- El proyecto busca "fortalecer la integridad del menor" y resguardar que tenga "la mejor calidad de vida posible en caso de que los padres vivan separados", según su texto.En función de eso, otros cambios que propone al Código Civil apuntan a evitar aquellas situaciones en las que uno de los progenitores intenta alejar al hijo de su ex cónyuge, desprestigiándolo y obstaculizando sus visitas, lo que es conocido como el Síndrome de Alienación Parental (SAP).Una de las motivaciones que tuvieron para presentar el proyecto fue "ver a esos padres destruidos a los cuales no se les deja ver a sus hijos", explica Esteban Valenzuela, aludiendo a los integrantes de la organización "AmordePapá.org", impulsores de la iniciativa legal.En ese punto, el proyecto propone que un progenitor pueda solicitar la tuición de su hijo en caso de que su ex cónyuge incurra en conductas de SAP. Frente a este aspecto del proyecto, profesionales expertas en familia muestran distancia. "Una ley debe regir para lo general, y aquí se está aludiendo a un síndrome que representa una patología; además, se hace muy difícil su aplicación legal porque se refiere a conductas que son muy difíciles de probar", dice la abogada Lucía Aguilera.Ella propone, a cambio, que se modifique la Ley de Menores, "sancionando en forma estricta el incumplimiento del régimen comunicacional (de visitas)".
Posibilidad de acuerdos.- Según David Abuhadba, líder de "AmordePapá.org", la tuición compartida es fundamental para que la mediación familiar funcione: "No se puede negociar cuando uno de los dos tiene todas las de ganar. Hay que hacerlo en igualdad de condiciones".Sin embargo, la psicóloga Soledad Larraín considera que los cambios a la ley no garantizarán por sí solos una mejor relación de los ex cónyuges ni el éxito de las mediaciones. "Si hay un divorcio confrontacional, la ley no va a facilitar los acuerdos. Sin embargo, puede ser una motivación para que los padres posterguen sus diferencias: para mantener una tuición compartida, es fundamental que haya una comunicación fluida entre ambos".

viernes, 13 de junio de 2008

Por la custodia compartida

Tras la separación, compré piso cerca de mi hija. Su hipoteca, el 50% de mi nómina (no debí pagar también hipoteca familiar, como les pasa a otros). La pensión a favor de mi hija, la tercera parte de lo que gano ahora. Si el sacrificio es bueno, prefiero preguntarlo a mi hija, no a Luisa Castro, por dos razones: esa opinión me interesa más y Castro, a su vez, me preguntaría "¿Desde cuándo los hijos necesitan al padre y a la madre a partes iguales?". De eso es su artículo, de números, no de afecto. Al entrar al trapo que nos tiende, mediremos cuánto necesita el niño a los padres: al 50% o al 99% a uno y el 1% al otro (para pagar). Y cuantificaremos lo que da de sí la pensión de alimentos del padre, ignorando además quién se queda con el domicilio. Pero, sobre todo, no preguntaremos a los varones qué prefieren: compartir gastos y cuidados o pagar mucho más, que es lo que Castro desea, a cambio de que nuestros hijos se queden sin padre. La custodia compartida, dice Castro, no debe ser impuesta. La monoparental sí; a favor de la madre, naturalmente. Ante ese alegato, no entiendo por qué nos asusta con el pater familias romano, árabe o protocristiano, pues, haciendo números, la situación del padre separado es hoy, más bien, para comer en Cáritas, lo que ya ocurre.
FRANCISCO RUBIO MARTÍNEZ - Alicante -

miércoles, 11 de junio de 2008

La menstruación de los niños de padres separados

Permítanme la licencia y metáfora, pero la relación de la mayoría de hijos de padres separados de éste país, con sus padres varones, no es más que una menstruación, por escasa, sangrante y dolorosa (...). La Ley deja claro que la custodia puede ser monoparental o compartida y que ello debe de ser decidido por ambos cónyuges. La realidad es bien diferente. Casi la totalidad de mujeres se niegan a compartir custodia pues ello les exigiría un ejercicio responsable de maternidad y madurez que no les exige la custodia monoparental al verse con la vida resuelta hasta que el niño se independice (...). Ahora están de moda las palabras igualdad y justicia, ¿no sería lógico otorgar el estricto significado de dichas palabras a nuestra cotidianidad? ¿Por qué las feministas dicen reclamar igualdad pero no quieren compartir la custodia de los hijos? Eso no es igualdad, no confundamos, y no nos dejemos engañar por argumentos encubridores de realidades sangrantes. Los niños son utilizados por rentables. Garantizan casa, pensión, coche, trastero y plaza de garaje. Y ellas, como no quieren ser iguales sino superiores, no bajarán voluntariamente del pedestal que se han creado. Es responsabilidad pues del Legislador velar por los derechos del menor ya que sus mamás no lo hacen y sus papás están siendo despojados de los derechos para hacerlo.
Cristina Tenas Rosell. Palma.

martes, 10 de junio de 2008

Padres y madres separados exigen al gobierno que promueva una ley de custodia compartida

La Confederación Estatal de Asociaciones de Madres y Padres Separados exigió hoy al Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero que impulse una ley de guardia y custodia compartida, así como que derogue la norma de violencia de género "en aquellos artículos que reafirman la discriminación en función del sexo, fomentan las denuncias falsas y atentan contra el derecho a la presunción de inocencia". Según informó la citada confederación en un comunicado, las madres y padres separados están preparando dos manifestaciones para el próximo otoño con el fin de exigir al Gobierno estos cambios normativos y una protección real de la salud física y psicológica de sus hijos y "del ejercicio de su derecho a relacionarse con ambos progenitores". Y es que, a juicio de esta confederación, España está conculcando el derecho a un trato igualitario de madres y padres ante la ley y el de la protección real de la salud física y psicológica de sus hijos. La primera manifestación será en Madrid, el domingo 5 de octubre, bajo los lemas "No a la manipulación de los menores"; "No a la discriminación de género impuesta por ZP"; "En defensa de una verdadera igualdad entre hombres y mujeres" y "Guarda y custodia compartida como norma". Por su parte, la segunda concentración tendrá lugar en Barcelona, el domingo 30 de noviembre, en conmemoración del Día Internacional de los Derechos del Niño y en demanda de "una urgente aprobación de la guarda y custodia compartida como modelo preferente en Cataluña, tal y como se ha comprometido el Gobierno catalán".

domingo, 8 de junio de 2008

Maltrato y violencia: SAP

Unos 25.000 niños son inducidos cada año en España por uno de sus progenitores a odiar al otro sin que exista para ello más motivo que el conflicto entre marido y mujer trasladado a los hijos. Cuando estos casos llegan al extremo, pueden desembocar en lo que los expertos han denominado síndrome de alienación parental, un tipo de maltrato psicológico que consiste en manipular la opinión del hijo sobre el otro padre para propiciar el rechazo. Uno de los casos más dramáticos que se han documentado en España tiene por protagonista a un padre gallego, divorciado, y como víctimas a sus tres hijos, que han desarrollado un rechazo que les impide mantener con él contacto físico o verbal, entrar en su casa, comer su comida o compartir la misma mesa. «En la determinación de las razones por las que los niños llegan a esa drástica decisión se encuentra, sin duda, la obra de un adulto que no puede ser otro que su madre, a la que veneran», reza la sentencia de divorcio, en la que la juez hace hincapié en que los niños mienten para perjudicar a su padre. «El síndrome de alienación parental es el caso más extremo, cuando la presión psicológica es tan severa que los niños prefieren alinearse con uno de sus progenitores y rechazar al otro por una cuestión de supervivencia», explica José Manuel Aguilar Cuenca, psicólogo y referencia sobre esta materia en España. «Estamos hablando de una situación impuesta sin causa justificable -añade-. No existe el síndrome si el progenitor rechazado es un maltratador, un borracho... si hay razones objetivas para ello». Según este especialista, autor de libros como El síndrome de alienación parental y Con mamá y con papá , los hijos son manipulados en un tercio de las separaciones contenciosas, lo cual supone casi 18.000 de las ocurridas en España en el 2007 y afecta a más de 25.000 niños al año. Los casos, según él, van en aumento, especialmente desde la reforma de la ley del 2005, que ha hecho que muchos divorcios amistosos acaben en contenciosos. Recientemente, jueces, abogados, psicólogos, médicos y educadores crearon la Asociación Española Multidisciplinar de Investigación sobre Interferencias Parentales, cuyo objetivo es mejorar la protección de los menores en los procesos de separación. Pero existen también voces discrepantes y colectivos que se han posicionado en contra del reconocimiento de este síndrome y de su uso como prueba en los juicios. Uno de ellos es la Federación de Mujeres Progresistas. «Hay que tener cuidado con este mal llamado síndrome que no tiene base científica», explica su presidenta, Yolanda Besteiro, que alerta del peligro de que en los casos de violencia doméstica esto pueda servir como argumento a un maltratador para separar a los niños de la madre. Aguilar Cuenca argumenta que, «aunque solo el 3% de las custodias son para los padres, el 20% de los afectados por el síndrome de alienación son madres que tienen la custodia. La mala leche no tiene sexo». Carlos Gayoso, psicólogo de la Asociación Galega de Pais e Nais Separados, asegura que para evitar estas situaciones «lo importante sería que hubiera una mediación desde el principio y una custodia compartida».

viernes, 6 de junio de 2008

Un juez retira la custodia de su hijo de dos años a una madre por no tener trabajo estable

Natalia Siderova trabaja los fines de semana como camarera. Realiza labores eventuales como empleada del hogar. Y percibe una ayuda pública. Más de 800 euros en total para vivir. Un nivel económico que ahora está a punto mejorar considerablemente, tras un solo mes de búsqueda de trabajo, con la firma un contrato como secretaria en una inmobiliaria. Se gana la vida y no es rica, pero tiene suficiente para vivir dignamente con austeridad. Desde que se divorció del joven español con el que se casó tras dejar su Rusia natal, ésta es su única alternativa y hace lo posible para darle una vida digna a su hijo de dos años y siete meses sola. Pero eso no parece ser suficiente para merecerse tener su custodia. Con el argumento de su inestabilidad laboral, unido a que al tener a sus familiares en Moscú no cuenta con una red de apoyo para el cuidado de su hijo, un juez de Granada ha otorgado la custodia a su ex pareja tras el divorcio y le ha prohibido salir del país con el menor. Además, tendrá que abonar a su ex marido un 15% de lo que cobre en concepto de manutención del menor. La desesperación de Natalia no le deja decir más que: «No entiendo nada de lo que está ocurriendo. Quiero ser bien valorada para cuidar de mi hijo, que además es muy pequeño aún», denuncia.
Medidas provisionales.- La pérdida de la custodia ha sido acordada en un auto de medidas provisionales, previo a la redacción de la sentencia final de divorcio. La juez, en su escrito, hace propio el informe del equipo psicosocial donde aconseja entregar la custodia al padre debido a la escasa estabilidad laboral de Natalia y teniendo en cuenta que su ex pareja cuenta con sus padres y hermanos para ayudarles a cuidar del menor. Para que ella no pierda el contacto con su hijo se establece un régimen de visita de fines de semanas alternos y la mitad de las vacaciones. La decisión judicial de separar a un niño tan pequeño de su madre puede sorprender y hace pensar en algún elemento más que desaconsejaría que Natalia se hiciese cargo de él. No obstante, nada de esto han encontrado los expertos en valorar la idoneidad de los cónyuges para ostentar la custodia. Ambos cuentan con un domicilio adecuado (según el informe), «ambos tienen una buena capacidad educativa», ambos tienen una relación estrecha y afectiva con el niño pequeño (aún ajeno a los conflictos de la pareja) y ninguno de los dos presenta ningún tipo de alteración psicológica que les impida ejercer la custodia en buenas condiciones. Ahora bien, la lógica situación de una joven extranjera de 26 años que deja su país para instalarse en España, con su familia lejos, y sola después de haberse divorciado la sitúan en mal lugar a ojos de los psicólogos y jueces. «Yo me pregunto qué pasa con las madres solteras... ¿Es que al ser pobre y extranjera ya no tengo derecho a cuidar de mi hijo? Creo que es discriminatorio», reflexiona la joven de 26 años sobre el doble castigo que tiene que soportar. Ciertamente, si su ex cónyuge le diese el 15% de su sueldo (1.500 euros lo que resultaría 225 euros al mes), no tendría estrechez alguna. Eso sí, la ventaja de su ex pareja de contar con su familia aquí no la puede arreglar. «¿Qué hago? Es imposible traerse a toda la familia aquí», apunta.
Valoración y tiempo.- Cuando los psicólogos realizaron las entrevistas, Natalia estaba buscando un trabajo adecuado, aunque reunía casi 800 euros al mes entonces. Ahora, ya instalada en la capital granadina, ha conseguido uno en un mes y medio. Pero la medida de retirada de custodia se ha dictado antes. Y hasta dentro de un año los psicólogos no revisarán su situación personal para que se produzca un posible cambio. Ahora sólo desea que antes de que se dicte sentencia recapaciten.

lunes, 2 de junio de 2008

La custodia compartida

Otra vez, después de mucho tiempo, Cataluña vuelve a ser una comunidad innovadora en materia legislativa, y su Parlamento, el espejo en que han de mirarse los otros para ponerse al día y ordenar jurídicamente los nuevos conflictos sociales.Ya no se trata de asumir -cortar y pegar, en algunos casos- las leyes catalanas sobre el marco estatutario, las competencias y las finanzas. Ahora lo que puede servir de guía es la ley que el Parlamento catalán va a aprobar dentro de unas semanas para regular el divorcio y sus consecuencias.Cuando esa ley entre en vigor los jueces estarán obligados a establecer la custodia compartida de los hijos en caso de divorcio como norma habitual y a separar las cuestiones afectivas de las patrimoniales al decidir sobre las rupturas. Eso cambiará radicalmente, para mejor, la situación que viven hasta ahora los separados y divorciados españoles: en el 97% de los divorcios la custodia se concede a la madre, dentro de un lote en el que se mezclan elementos tan heterogéneos como la patria potestad, el domicilio familiar y la pensión. Y es que el Código Civil considera excepcional la custodia compartida y exige para otorgarla el informe favorable del fiscal.Estas normas obedecen a una concepción que no sé muy bien si es obsesivamente machista o hipócritamente feminista: la idea de que, cuando hay divorcio, la culpa ha de ser necesariamente del hombre, al que se priva de la custodia de los hijos y se le expulsa del hogar, con la consecuencia lógica de aportar al mantenimiento de la prole. Pero cada divorcio es un mundo y las responsabilidades en su gestación suelen estar más bien repartidas. En muchos no tiene por qué haber culpables.Pocas situaciones aparecen en la España de hoy más teñidas de desigualdad y discriminación que éstas. Y sin motivos digamos "técnicos", porque el principal bien a proteger por el poder judicial y por la sociedad en un divorcio debería ser el interés de los hijos, su estabilidad emocional y su felicidad, y todos los psicólogos y educadores coinciden en que lo que más atenta contra estos objetivos deseables no es el desamor entre los padres, sino la ausencia total de alguno de ellos -generalmente, el padre, ya digo- , que de pronto desaparece de sus vidas. El interés de un niño nunca puede estar en verse amputado afectivamente a una edad en la que ni siquiera comprende los motivos.Será una buena cosa que la ley catalana fomentando la custodia compartida sea aprobada y que otras comunidades, si no el Congreso, la copien y la implanten. Por el interés de los hijos de la ruptura, por la convivencia y por la igualdad entre los sexos, que es un camino de ida y vuelta: vale para padres y para madres.
José Aguilar
Se está preparando un nuevo código de familia en Cataluña en el que se establece que, en caso de divorcio, la custodia compartida será la norma habitual. A mí, me parece perfecto, porque niños y niñas necesitan una madre y un padre, siempre, no sólo después del divorcio sino también antes.La custodia compartida, pues, es beneficiosa para la prole. También para los hombres, que tienen el derecho ¡y el deber! de ocuparse de ella, del mismo modo que tienen el derecho y el deber de ocuparse de su anciano padre alzheímico o de llevar al ginecólogo a su anciana madre sin esperar a que se ocupe de ello la nuera. Y también es beneficioso para las mujeres, porque así encuentran tiempo libre para ellas, ya sea para descansar, para promocionarse profesionalmente, para ligar...Por lo visto, esta norma separará las cuestiones afectivas relacionadas con la progenie de las cuestiones económicas, lo que también me parece un acierto. Pongamos que se separa una pareja en la que ambos trabajan y tienen ingresos similares. ¿Por qué regla de tres tiene que quedarse ella con el piso? Si lo quiere conservar, va a tener que pagarle la mitad a su ex, que se larga de casa. Es justo. Como también lo es que, si la mujer ha renunciado, con el beneplácito de su pareja, a su carrera y ha accedido a tener una ocupación laboral a tiempo parcial o ha renunciado por completo al trabajo remunerado para poder ocuparse de hijos e hijas, en caso de divorcio, no se vea castigada económicamente. No sería justo.Parece también que la custodia compartida exigirá un plan de parentalidad, esto es, que la mujer y el hombre cuenten cómo van a ejercer de madre y de padre cuando les toque hacerlo por turnos separados. Porque no sería razonable que uno reclamase la custodia compartida para, luego, dejar a la prole en manos de un canguro, ¿no? Considero que los planes de parentalidad necesitarán también un seguimiento post-divorcio.
Gemma Lienas